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Despido en ERTE por causas objetivas: Qué hacer y cómo proteger tus derechos laborales

Despido en ERTE por causas objetivas

El despido en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causas objetivas es una situación que puede generar incertidumbre y preocupación en los trabajadores. En este artículo, analizaremos en qué consiste este tipo de despido, cuáles son las causas objetivas que pueden motivarlo y cuáles son los derechos de los trabajadores en esta situación.

¿Qué es un ERTE por causas objetivas?

Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por causas objetivas es una medida que puede ser adoptada por una empresa cuando se dan circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifiquen la necesidad de suspender contratos o reducir la jornada de los trabajadores.

Este tipo de ERTE puede acarrear el despido de parte o de la totalidad de la plantilla de la empresa, dependiendo de la gravedad de las circunstancias que lo motivan. Es importante tener en cuenta que el ERTE por causas objetivas no implica necesariamente la extinción del contrato de trabajo, ya que también puede simplemente implicar la suspensión temporal del mismo.

Causas objetivas que pueden motivar un ERTE

Las causas objetivas que pueden motivar un ERTE por causas objetivas son variadas, y suelen estar relacionadas con situaciones económicas, técnicas, organizativas o de producción que afectan la viabilidad de la empresa. Algunos ejemplos de estas causas pueden ser la caída de las ventas, la pérdida de clientes, cambios en los procesos productivos, reestructuraciones organizativas, entre otros.

Es importante destacar que estas causas deben estar debidamente justificadas y acreditadas por la empresa, ya que de lo contrario el ERTE podría ser considerado como improcedente y los trabajadores afectados tendrían derecho a reclamar su readmisión.

Derechos de los trabajadores en un ERTE por causas objetivas

Los trabajadores afectados por un ERTE por causas objetivas tienen una serie de derechos que deben ser respetados por la empresa. En primer lugar, tienen derecho a ser informados de la situación de la empresa y de las causas que motivan el ERTE, así como de la duración prevista de la medida y de las consecuencias que esta pueda tener en sus contratos de trabajo.

Además, los trabajadores tienen derecho a percibir una prestación por desempleo durante el tiempo en que dure el ERTE, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente. Esta prestación suele ser gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y su cuantía dependerá de la base reguladora de la prestación por desempleo.

Por otro lado, es importante tener en cuenta que durante la vigencia del ERTE, los trabajadores conservan su condición de empleados de la empresa y tienen derecho a ser reincorporados una vez finalice la medida, siempre que esta no haya sido declarada como fraudulenta o nula.

Procedimiento para llevar a cabo un ERTE por causas objetivas

El procedimiento para llevar a cabo un ERTE por causas objetivas está regulado por la normativa laboral y requiere de una serie de trámites que deben ser cumplidos por la empresa. En primer lugar, la empresa debe comunicar a los representantes legales de los trabajadores la decisión de llevar a cabo un ERTE, así como las causas que lo motivan y las medidas que se van a adoptar.

Posteriormente, la empresa debe presentar una solicitud de autorización del ERTE ante la autoridad laboral competente, que suele ser la Dirección General de Trabajo. Esta solicitud debe ir acompañada de la documentación que justifique las causas objetivas que motivan el ERTE, así como de un informe en el que se detallen las medidas que se van a adoptar y su impacto en los trabajadores.

Una vez presentada la solicitud, la autoridad laboral competente analizará la documentación aportada por la empresa y decidirá si autoriza o no la aplicación del ERTE. En caso de que la autorización sea concedida, la empresa deberá comunicar a los trabajadores afectados la duración y las condiciones del ERTE, así como cualquier otra información relevante.

Implicaciones legales y laborales del ERTE por causas objetivas

El ERTE por causas objetivas tiene importantes implicaciones legales y laborales tanto para la empresa como para los trabajadores afectados. En primer lugar, la empresa está obligada a garantizar el mantenimiento del empleo durante un periodo de seis meses a partir de la fecha de reanudación de la actividad, es decir, una vez finalice el ERTE.

Además, la empresa debe cumplir con una serie de requisitos en cuanto a la comunicación y la documentación que debe presentar ante la autoridad laboral competente, de lo contrario el ERTE podría ser considerado como improcedente y la empresa estaría expuesta a sanciones económicas.

Por otro lado, los trabajadores afectados por un ERTE por causas objetivas tienen derecho a percibir una prestación por desempleo durante el tiempo en que dure la medida, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente. Esta prestación será gestionada por el SEPE y su cuantía dependerá de la base reguladora de la prestación por desempleo.

Conclusiones

En conclusión, el despido en un ERTE por causas objetivas es una situación que puede generar incertidumbre y preocupación en los trabajadores, pero es importante tener en cuenta que tienen una serie de derechos que deben ser respetados por la empresa. Además, el procedimiento para llevar a cabo un ERTE por causas objetivas está regulado por la normativa laboral y requiere de una serie de trámites que deben ser cumplidos por la empresa.

Esperamos que este artículo haya sido de utilidad para entender en qué consiste el despido en un ERTE por causas objetivas y cuáles son los derechos de los trabajadores en esta situación. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la normativa laboral puede variar en función del país o la legislación aplicable, por lo que siempre es recomendable consultar con un experto en materia laboral en caso de dudas o consultas específicas.

Bibliografía:

1. Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. BOE núm. 162, de 7 de julio de 2012.
2. Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. BOE núm. 88, de 28 de marzo de 2020.
3. Martínez Garrido, M. (2020). Despido colectivo y ERTES en la pandemia por COVID-19. Cuadernos de derecho judicial, (18), 141-173.
4. Ruiz Vadillo, J. (2020). La regulación de los ERTES por fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) derivadas del COVID-19. Revista de derecho social, (88), 25-66.
5. Beti, R. (2019). ERE, ETOP y despidos en las empresas en crisis. Todo lo que debes saber. Madrid: Lefebvre-El Derecho.
6. Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (España). (2021). La validez del despido en el marco de un expediente de regulación de empleo derivado de la pandemia de COVID-19. Madrid: Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
7. Salas Rincón, J. (2020). Efectos de la COVID-19 sobre las extinciones de contrato de trabajo. Revista de Derecho Social, (80), 179-200.
8. Sánchez Adalid, H. (2018). Despido objetivo y nulo en el Estatuto de los Trabajadores. Barcelona: Lefebvre-El Derecho.
9. Serrano Jiménez, M. (2021). Efectos de la pandemia de COVID-19 sobre los despidos colectivos y ERTES. Cizur Menor, Navarra: Aranzadi.
10. Vincueria Navarro, D. (2017). Despido colectivo por causas objetivas. Madrid: Editorial Dykinson.

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